Publicado el 2 feb. 2023

Normativa: instalación puntos de recarga de coches eléctricos

Tanto si ya hemos adquirido un coche eléctrico, como si aún lo estamos sopesando, es importante tener en cuenta que necesitaremos con mucha probabilidad un punto de recarga. Muchos de nosotros pensaremos que el punto de recarga lo podemos instalar nosotros mismos. Pero debemos tener en cuenta que con mucha probabilidad necesitaremos de un boletín o certificado de un instalador autorizado, ya que hemos modificado nuestra instalación, y además, con toda seguridad necesitamos contratar más potencia. Te explicamos porque necesitas de un profesional. Sigue leyendo...
Marcos Carbonell
Artículo escrito por:
Marcos Carbonell para www.hogarsense.es
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Fuente de la imagen: ©electrek.co

Legislación actual sobre el vehículo eléctrico

La legislación que regula el vehículo eléctrico es muy variada y va creciendo conforme evoluciona este mismo y los puntos de recarga de los coches eléctricos. Ya cabe destacar que todos los cambios legislativos buscan el impulso del vehículo eléctrico, fomentando diferentes aspectos relacionados con la e-movilidad.

Ligado al objetivo de descarbonización para el año 2050, las autoridades europeas están obligando a los fabricantes de automóviles a realizar fuertes inversiones en energías más sostenibles. Desde 2020, todos los fabricantes que no cumplan con los objetivos de reducción de emisiones se enfrentan a graves sanciones.

Esto está haciendo que las marcas se esfuercen por vender más coches eléctricos, al mismo tiempo que está disparando las automatriculaciones. Los expertos esperan que la consecuencia sea una bajada de los precios de los coches enchufables, especialmente los de kilómetro cero y de ocasión.

También son mencionables, en cuanto a legislación o normativa que afecta a los vehículos y lo puntos de recarga de los coches eléctricos, las ventajas fiscales que las diferentes administraciones están ofreciendo, para incentivar al consumidor al salto del coche de combustión al hibrido y al eléctrico.

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Normativa de los puntos de recarga

Podemos decir que la normativa sobre los puntos de recarga de los coches eléctricos empezó casi al unísono con las que regulan al propio vehículo. Pero en nuestro país hubo un salto cualitativo en cuanto a la normativa de los puntos de recarga de los coches eléctricos muy importante en el año 2009. Debemos recordar que en España el modelo constructivo es diferente al de los países anglosajones. Ya que, aquí las edificaciones y entre ellas las viviendas, son mucho más habituales en edificios, en vez de casas individuales.

¿Por qué mencionamos este hecho? En los países anglosajones la gran mayoría de viviendas, salvo en el centro de las ciudades, son en viviendas adosadas o individuales, donde cada propietario puede libremente realizar la instalación de su propio punto de recarga del coche eléctrico. En España, la gran mayoría vivimos en un edificio de viviendas, donde la plaza de garaje no es cerrada, y esta en un garaje comunitario.

Pues ya en el año 209, se hizo una modificación en la Ley de Propiedad Horizontal, que no sólo regulaba la posibilidad de instalar un punto de recarga del coche eléctrico, sino que lo facilitaba, al no necesitar el propietario de la plaza de garaje ninguna autorización previa.

Lo único que se exige al interesado es que realice una comunicación al presidente o administrador de la comunidad de propietarios, y que el instalador al que encargue el trabajo para tener su punto de recarga del coche eléctrico, lo realice siguiendo lo marcado en la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos».

Esta nueva Instrucción Técnica aprobada con el Real Decreto 1053/2014, modifica el Reglamento electrotécnico para baja tensión, en el que se modificaban otras instrucciones técnicas complementarias del mismo.

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¿Cuánto se tiene que pagar por la instalación de un suministro de un punto de recarga?

El precio que tenemos que pagar con un punto de recarga se encuentra regulado por el Real Decreto 1048/2013, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica. Si bien, el suministro no esta listo para ser instalado directamente, la distribuidora nos puede cobrar por realizar su trabajo. Pero esto ya no se encuentra regulado por normativa. Tanto para la instalación de un punto de recarga, como cualquier suministro, hay 3 conceptos a pagar, pero pueden ser 4:

  • Cuota de Extensión: 17,374714 €/kW de potencia contratada (más IVA)
  • Cuota de Acceso: 19,703137 €/kW de potencia contratada (más IVA)
  • Derechos de enganche: 9,04476 € en un pago único, al formalizar la modificación del contrato de suministro (más IVA)
  • Trabajos adicionales para ampliar o mejorar la acometida eléctrica, su coste varia en cada vivienda.

También debemos tener en cuenta que la potencia contratada no es la que necesariamente nos ha indicado el instalador del punto de recarga del coche eléctrico. Por ejemplo, nos puede haber hecho la instalación para 7,3kW, un punto de recarga de 32 amperios, pero luego podemos contratar lo que nos interese.

Se nos puede aplicar un coste adicional si no tenemos por ejemplo la línea eléctrica instalada o la empresa distribuidora tuviera que hacer un trabajo para darnos suministro. Estos gastos pueden llegar a ser muy elevados en el caso por ejemplo si hubiera que instalar una nueva acometida hasta la puerta de nuestra vivienda, porque la existente no soporta la potencia que necesitamos, y queremos contratar.

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Esquemas de instalación para la recarga de vehículos eléctricos en garajes comunitarios

La intención de Hogarsense.es es informar de las posibilidades y situación actual de las formar o tipos de instalación que se plantean para un wallbox. Por ello no entraremos a detallar los esquemas eléctricos, ya que estos son de interés solo para los profesionales instaladores, a los que te recomendamos que acudas si necesitas un punto de recarga del coche eléctrico. Así la normativa describe 4 casos de posibles instalaciones para un punto de recarga del coche eléctrico:

✓ Caso A

Conexión del coche eléctrico a la estación de recarga mediante un cable terminado en una clavija con el cable solidario al coche eléctrico:

  • Caso A1: conexión a un punto de recarga simple mediante una toma de corriente para usos domésticos y análogos.
  • Caso A2: conexión a un punto de recarga del coche eléctrico tipo SAVE.

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Fuente de la imagen: ©Hogarsense.es (extraído del Real Decreto 1053/2014)

✓ Caso B

Conexión del coche eléctrico a la estación de recarga mediante un cable terminado por un extremo en una clavija y por el otro en un conector, donde el cable es un accesorio del coche eléctrico:

  • Caso B1: conexión a un punto de recarga simple mediante una toma de corriente para usos domésticos y análogos.
  • Caso B2: conexión a un punto de recarga del coche eléctrico tipo SAVE.

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Fuente de la imagen: ©Hogarsense.es (extraído del Real Decreto 1053/2014)

✓ Caso C

Conexión del coche eléctrico a la estación de recarga mediante un cable terminado en un conector: el cable forma parte de la instalación fija:

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Fuente de la imagen: ©Hogarsense.es (extraído del Real Decreto 1053/2014)

✓ Caso D

Conexión de un coche eléctrico ligero a la estación de recarga en nuestra vivienda, mediante un cable terminado en un conector: el cable incorpora el cargador:

Conexion-de-un-coche-electrico-ligero-a-la-estacion-de-recarga-en-nuestra-vivienda-mediante-un-cable-terminado-en-un-conector

Fuente de la imagen: ©Hogarsense.es (extraído del Real Decreto 1053/2014)

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¿Instalación oficial o puedo realizar la instalación yo mismo?

Aunque la instalación de los puntos de recarga de los coches eléctricos no es en si excesivamente complicada, y en principio lo podríamos hacer nosotros mismos, debes tener en cuenta varios aspectos.

El primero aspecto a tener en cuenta es la seguridad personal. Ya que, si no somos expertos de las instalaciones eléctricas podemos sufrir un grave accidente, generando daños, no solo sobre nosotros mismos, sino también en la propia instalación o en la misma vivienda, como un incendio.

Otro aspecto a tener en cuenta es que, en las instalaciones de puntos de recarga de los coches eléctricos, en los que se necesite modificar el cuadro eléctrico general de protección, y por consiguiente alterar la configuración que tenemos legalizada, o necesitamos aumentar la potencia, un electricista o instalador homologado, tendrá que hacernos un boletín.

Este documento nos lo solicitará la empresa comercializadora y la distribuidora para poder concedernos la modificación del suministro eléctrico. Si no tenemos dicho boletín o certificado, no podremos alimentar con electricidad el punto de recarga del coche eléctrico que acabamos de instalar.

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Tipos de cargadores eléctricos

MarcaModeloTensión / IntensidadPotenciaVelocidad de cargaConector
**Morec****PCD020-10/16A-T2-S**230 V / 10-16 A2.2/3.6 kWLentaTipo 2 (Mennekes)
**WallboxOK****EV Portable IEC62196-32**400 V / 3-32 A22 kWsemi-rápidaTipo 2 (Mennekes)
**EVELINE II****Evse-T21615**230 V / 6-32 A22 kWsemi-rápidaTipo 2 (Mennekes)
**Smart Juice****Booster 2**230-400 V / 3-32 A22 kWsemi-rápidaCEE32, CEE16, Schuko y Tipo 2, IEC 62752, IP67, FI A y FI B
**WallboxOK****UP-IEC-32**230 V / 6-16 A3,7 kWLentaTipo 2 (Mennekes)
**WallboxOK****CMT B10 GA**230 V / 32 A7,4 kWLenta semi-rápidaTipo 2 (Mennekes)
**Policharger****OUT-T1**230 V / 32 A7,4 kWLenta semi-rápidaTipo 1 – SAE J1772
**Morec****B20-BC-32A-T2**230 V / 32 A7,68 kWLenta semi-rápidaTipo 1 – SAE J1772
**Orbis****Viaris Combi**230 V / 32 A3,7 – 7,4 kWLenta semi-rápidaTipo 1 según EN 62196-2
**Siemens****Versi-Charge**230 V / 32 A7,2 kWLenta semi-rápidaTipo 2 (Mennekes)
**SCAME****Libera**230 V / 32 A7,4 kWLenta semi-rápidaTipo 2 (Mennekes)
**EVBox****Home-Line**230-400 V / 16-32 A3,7 - 22 kWLenta semi-rápidaTipo 2 (Mennekes)
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